Ley de cambio climático y transición energética para el impulso de la rehabilitación

El pasado viernes 21 de mayo, se publicó en el BOE la Ley 7/2021, de cambio climático y transición energética, que responde urgentemente a la amenaza del cambio climático y rectificar la situación actual para poder cumplir de manera eficaz con las obligaciones en materia de clima y desarrollo sostenible e inclusivo.

Además, da salida a muchas líneas de subvención entre las que se encuentran la rehabilitación de edificios existentes dando máxima prioridad el uso de energías renovables y electricidad. El Gobierno quiere alcanzar una alta eficiencia energética de los edificios para llegar a la descarbonización total en 2050.

Las medidas más importantes en el ámbito de eficiencia energética y rehabilitación se recogen en el artículo 8 del real decreto y van dirigidas a:

• El Gobierno promoverá y facilitará el uso eficiente de la energía, la gestión de la demanda y el uso de energía procedente de fuentes renovables en el ámbito de la edificación, sin perjuicio de las competencias que correspondan a las Comunidades Autónomas, con especial referencia a los edificios habitados por personas en situaciones de vulnerabilidad.

• Fomento de instalaciones fotovoltaicas de autoconsumo en comunidades, sistemas de gestión de demanda y uso eficiente de energía con mínimo de emisiones. Los materiales de construcción utilizados tanto en la construcción como en la rehabilitación de edificios deberán tener la menor huella de carbono posible a fin de disminuir las emisiones totales en el conjunto de la actuación o del edificio.

• Antes de 6 meses desde la entrada en vigor de la ley, (22 de noviembre de 2021) se elaborará un Plan de Rehabilitación de Viviendas y Renovación urbana con el objetivo de mejorar el parque edificado, independientemente de su titularidad. Las directrices y criterios de rehabilitación energética garantizarán en todo caso el mantenimiento y, cuando proceda, la mejora de las condiciones de accesibilidad y usabilidad de los edificios e instalaciones, fomentándose la posibilidad de aunar ambos tipos de actuaciones rehabilitadoras en programas únicos o, al menos, alineados.

 

 

• Antes de 1 año desde la entrada en vigor de la ley, (22 de mayo de 2022), el Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE) presentará un plan con el objetivo de que centros consumidores de energía, pertenecientes a la Administración General del Estado, reduzcan su consumo de energía en el año 2030, en consonancia con la «Estrategia a largo plazo para la rehabilitación energética en el sector de la edificación en España» y el «Plan Nacional Integrado de Energía y Clima 2021-2030»

• Las Administraciones Públicas podrán establecer incentivos para alcanzar la consecución de los objetivos previstos, con especial atención a la introducción de las energías renovables en la rehabilitación de viviendas fomentando el autoconsumo, las instalaciones de pequeña potencia, la calefacción y la refrigeración cero emisiones.
Las líneas maestras se fijarán por el Gobierno antes de 6 meses. Posteriormente las CCAA se encargarán de desarrollar las líneas de actuación concretas en las que trabajarán muchas empresas instaladoras.

 

Podéis acceder a la Ley completa aquí:
https://www.boe.es/boe/dias/2021/05/21/pdfs/BOE-A-2021-8447.pdf